Resumen: Se deniega la extradición dada la imposibilidad material de comisión de los hechos por la reclamada.
Resumen: La sentencia estudia, después de declarar la nulidad de un contrato de crédito con tarjeta de crédito (revolving), la cuestión relativa a la prescripción de la acción restitutoria que derivaría de la precedente nulidad. La sentencia en un extenso discurso recoge la evolución de la denominada acción restitutoria consecuente a la nulidad de las condiciones generales de contratación. Más concretamente referidas a las cláusulas de suelo y de gastos. Admitiéndose la diferencia entre la acción de nulidad y la restitutoria de las cantidades derivadas de la aplicación de esas condiciones generales. Ahora bien, este discurso no es aplicable de forma automática al supuesto de la usura. Aquí el art. 3 de la ley de represión de la usura ya marca el criterio indemnizatorio, que no es el del art. 1303 CC. Sin embargo, sí se muestra favorable a la existencia de esas dos acciones también en el supuesto de la usura. Y la aplicación de la previsión general del art. 1964 CC. La siguiente cuestión será, pues, la determinación del dies a quo. Y aquí se muestra favorable a la fecha de firmeza de la sentencia que declara la nulidad por usura del contrato.
